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Convenios de Cooperación Educativa (Prácticas Académicas Externas)

 
¿Qué son las Prácticas Académicas Externas (Convenios de Cooperación Educativa)?
 
Los Programas de Cooperación Educativa permiten que el estudiante se beneficie de la experiencia y la formación profesional que recibe y por otro lado, la empresa/institución dispone de estudiantes de últimos cursos de las titulaciones impartidas en la Escuela con formación avanzada en las distintas áreas tecnológicas, siendo un excelente sistema para que la universidad pueda verificar la adecuación de sus estudios a las necesidades de las empresas.

Estas prácticas también engloban la posibilidad de realizar el Proyecto Final de Carrera, Trabajo Final de grado o Máster Tesis en la misma empresa/institución, generándose así un valor añadido para las dos partes.
Requisitos para los alumnos
Requisitos básicos para participar como estudiante
(Para ver los requisitos y normativas completas, ir al apartado "Marco Legal")                               
 

PRÁCTICAS EXTRACURRICULAR:  Estas prácticas no forman parte del plan de estudios como asignatura


Estudiantes de Plan Antiguo (Plan 92)

Están regulados por la “Normativa de la CdRUE de cooperación educativa, revisión del precio/hora de los convenios y gestión de convenios semestralmente” de la ETSETB, aprobada en la Comisión Permanente del 30/6/09 y modificada en la Comisión Permanente del 13/04/11 del Centro.

Los programas de cooperación educativa con las empresas y laboratorios de I+D de la universidad solo se podrán establecer con el estudiantado que haya superado la evaluación curricular de primer ciclo de la ETSETB y el que haya accedido directamente al segundo ciclo de las titulaciones de Ingeniería de Telecomunicaciones y de Ingeniería Electrónica (Art. 14 CdRUE).
 

Con el fin de que la estada del estudiantado en la empresa realizando prácticas no interfiera negativamente en su rendimiento académico, el estudiantado podrá realizar un convenio de cooperación educativa, con un máximo de 900 horas por curso y un máximo de 20 horas semanales, siempre que se encuentre en la situación siguiente:
  • Debe haber superado en el cuatrimestre anterior de segundo ciclo un mínimo de 18 créditos (o aquellos que le restaban para terminar los estudios) y sólo puede haber aprobado menos de 18 créditos, como máximo, en un cuatrimestre del segundo ciclo. Este criterio se aplica a partir del segundo cuatrimestre del segundo ciclo. (Art. 14 CdRUE).
Aquellos estudiantes que estén haciendo su proyecto fin de carrera en la empresa, o bien realicen prácticas dentro del periodo del 1 de julio al 15 de septiembre, podrán realizar hasta 40 horas semanales, siempre respetando el máximo de 900h por curso .

El estudiantado no podrá hacer un convenio de cooperación educativa con Proyecto Fin de Carrera en la empresa si le quedan asignaturas pendientes de superar. (Art. 16 CdRUE).
 
A fin de que los estudiantes se titulen en un periodo de tiempo razonable, una vez ha superado todos los créditos que conforman las asignaturas de la titulación correspondiente, no podrá hacer un convenio de cooperación educativa si durante los dos cuatrimestres consecutivos anteriores a su solicitud de realización de convenio no se ha matriculado de ninguna asignatura obligatoria, troncal u optativa, con independencia de haber realizado o no la preinscripción del PFC (Art.17 CdRUE).


Estudiantes de los estudios de Grado

El estudiantado de grado deberá haber superado 120 ECTS (todos los créditos de 1º y 2º curso del plan de estudios en que estén matriculados).

Podrán realizar hasta 20 horas semanales y aquellos estudiantes que estén haciendo su trabajo fin de grado en la empresa, o bien realicen prácticas dentro del periodo del 1 de julio al 15 de septiembre, podrán realizar hasta 40 horas semanales, siempre respetando el máximo de 900h por curso con un máximo de 1.800h por el total del plan de estudios.

Al centro docente designará un tutor académico entre el profesorado adscrito al centro que realizará las tareas de tutoría académica.

A fin de que la realización de prácticas académicas extracurriculares no interfiera negativamente en su rendimiento académico, el estudiante podrá realizar un convenio de cooperación educativa siempre que se encuentre en la situación siguiente:

  • Debe haber superado el cuatrimestre anterior un mínimo de 16 créditos (o aquellos créditos que les quedaba para terminar los estudios) y sólo puede haber aprobado menos de 16 créditos, como máximo, en un cuatrimestre del bloque específico (3º y 4º curso). Este criterio se aplica a partir del 2º cuatrimestre del bloque específico.


Estudiantes de los estudios de Màster

El estudiantado de Máster, como norma general, deberá haber superado un mínimo de 15 ECTS en los másteres de 120 ECTS y no será necesario haber aprobado ningún crédito en los másters de 60 ECTS.

Como excepción
la Comisión Académica de cada Máster puede fijar un rendimiento mínimo en su primer año académico. Tal es el caso del máster MINT donde el estudiante debe haber superado 30 ECTS.

Al centro docente
designará un tutor académico entre el profesorado adscrito al centro que realizará las tareas de tutoría académica.

Podrán realizar hasta 20 horas semanales y aquellos estudiantes que estén haciendo su trabajo fin de máster en la empresa, o bien realicen prácticas dentro del periodo del 1 de julio al 15 de septiembre, podrán realizar hasta 40 horas semanales, siempre respetando el máximo de 900h por curso con un máximo de 1.200h por el total del plan de estudios en los másters de 120 ECTS y el máximo de 600h en los másters de 60 ECTS .




PRÁCTICAS CURRICULARES (Solo plan nuevo):  Estas prácticas forman parte del plan de estudios como asignatura



Estudiantes de los estudios de Grado

El estudiante de grado podrá matricularse de la asignatura prácticas en empresa (12 créditos) siempre que haya superado 18 créditos del curso 3B y tendrá que tener la matricula de prácticas en empresa formalizada antes de iniciarlas. (Puede preguntat por los periodos de matrícula de esta asignatura en la Secretaría de la Escuela).

Los 12 créditos equivalen a un convenio de cooperación educativa de 360 horas (1 ECTS = 30h), las cuales pueden estar distribuidas entre un mínimo de 330h y un máximo de 360h de trabajo efectivo en la empresa. Si este trabajo en la empresa es menor a 360h y mayor o igual a 330H, el subdirector de Relaciones con las Empresas hará la valoración y autorización, si procede, de que la diferencia sea contemplada como horas de trabajo personal hasta llegar a las 360h.

Se podrán realizar hasta 20 horas semanales. Como excepción aquellos estudiantes que estén haciendo su trabajo fin de grado en la empresa, o bien realicen prácticas dentro del periodo del 1 de julio al 15 de septiembre, podrán realizar hasta 40 horas semanales.

En el caso de que la práctica del estudiante requiera realizar más de 360h, la diferencia se deberá contemplar en un nuevo convenio como práctica extra-curricular.

El centro docente designará un tutor académico entre el profesorado adscrito al centro que realizará las tareas de tutoría académica.

Una vez formalizada la matrícula de la práctica académica externa curricular del estudiante tendrá como máximo un año natural para tener evaluada la asignatura de Prácticas en Empresa.



Estudiantes de Máster

El estudiante de Master podrá matricularse de la asignatura prácticas en empresa (15 créditos), y como norma general, deberá haber superado un mínimo de 15 ECTS en los masters de 120 ECTS y no será necesario haber aprobado ningún crédito en los masters de 60 ECTS y tendrá que tener la matrícula de prácticas en empresa formalizada antes de iniciarlas. (Podéis preguntar por los períodos de matrícula de esta asignatura en la Secretaría de la Escuela).

Como excepción la Comisión Académica de cada Master puede fijar un rendimiento mínimo en su primer año académico. Tal es el caso del máster MINT donde el estudiante debe haber superado 30 ECTS.

Los 15 créditos equivalen a un convenio de cooperación educativa de 450 horas (1 ECTS = 30h), las cuales pueden estar distribuidas entre un mínimo de 420h y un máximo de 450h de trabajo efectivo en la empresa. Si este trabajo en la empresa es menor a 450h y mayor o igual a 420h, el subdirector de Relaciones con las Empresas hará la valoración y autorización, si procede, de que la diferencia sea contemplada como horas de trabajo personal hasta llegar a las 450h.

En el centro docente designará un tutor académico entre el profesorado adscrito al centro que realizará las tareas de tutoría académica.

Podrán realizar hasta 20 horas semanales y aquellos estudiantes que estén haciendo su trabajo fin de máster en la entidad colaboradora, o bien realicen prácticas dentro del periodo del 1 de julio al 15 de septiembre, podrán realizar hasta 40 horas semanales, siempre respetando el máximo de 900h por curso con un máximo de 1.200h por el total del plan de estudios en los masters de 120 ECTS y el máximo de 600h en los masters de 60 ECTS.


PARTE COMÚN A TODAS LAS TIPOLOGÍAS DE PRÁCTICAS


Se debe tener seguro escolar (centros mèdicos) mientras el convenio esté vigente. Actualmente el seguro escolar, cubre periodos de un curso académico que van desde el día 16 de septiembre, hasta el día 15 de septiembre del año siguiente.

Si tiene más de 28 años se deberá formalizar un
seguro privado. A tal efecto, la UPC tiene firmado un convenio con la Correduría de Seguros CONFIDE.
Podrá encontrar la información en el siguiente enlace: http://www.univers.upc.edu/inf-asseg

Dado que cuando el estudiante que realiza un convenio de cooperación educativa se titula deja de estar legitimado para continuar participando en los programas de cooperación educativa Universidad-Empresa, es necesario que este estudiantado, recién titulado, inicie el procedimiento para la tramitación de la
diligencia de baja del convenio de cooperación educativa, que la empresa tramitará a través de la Intranet.

En caso de que se haga el PFC, TFG, o MT se presentará la hoja de preinscripción del proyecto o trabajo.

Para finalizar las prácticas en empresa es necesario que tanto el alumno como la empresa realice la encuesta de valoración, la cual la encontrará en las correspondientes intranets.


 
Visualización de ofertas y selección de candidatos

Estudiantado

A través de la intranet de la ETSETB, el estudiantado, que reúna los requisitos académicos, puede ver las ofertas de Convenios de Cooperación Educativa vigentes, y enviar a la empresa la información correspondiente cuando esté interesado en una oferta concreta.

Entidades colaboradoras

La entidad colaboradora realiza la selección del estudiantado en función de los curriculums que ha recibido y de las pruebas, entrevistas, etc., que considere adecuado realizar.
Valoración académica
Qué tipo de reconocimiento tienen las prácticas
 

Créditos ALE


Estudiantes Plan 92


La
CdRUE, a la vista de la documentación presentada, según establece su normativa, decidirá si la actividad tiene carácter formativo y, en caso afirmativo, la valorará en créditos.
 
Un crédito será equivalente a un mínimo de 30 horas.
 
El estudiantado puede obtener un máximo de 20 créditos de libre elección para la titulación de Ingeniería de Telecomunicación y un máximo de 10 para la titulación de Ingeniería Electrónica.


Prácticas Curriculares


Estudiantes de Máster y Grado

El estudiante que en sus planes de estudio contemplen la asignatura optativa de Prácticas en Empresa (12 ECTS), pueden matricularse esta asignatura y una vez hecha la práctica y evaluada con la nota correspondiente, se incorporará en su expediente académico .



Prácticas Extracurriculares


Estudiantes de Máster y Grado

Estas prácticas no tienen un reconocimiento académico en el expediente del estudiante, pero salen reflejadas en el SET (Suplemento Europeo del Título).
Procedimiento

Entidades colaboradoras

  • En caso de que la entidad colaboradora no haya establecido un convenio antes ni haya publicado ninguna oferta de prácticas de convenio anteriormente, podrá registrarse en el siguiente enlace.
  • Una vez registrada la Escuela le hará llegar un usuario y contraseña para poder introducir los datos y solicitar la publicación de la oferta de convenio, en la intranet de la Escuela, que será validada por la ARE.
  • Si es validada, será publicada y el estudiantado interesado podrá enviar su curriculum.
  • Cuando la empresa / institución seleccione al candidato, esta debe entrar en la intranet de la Escuela y podrá acceder al programa informático de convenios para rellenar los datos del Convenio, previamente también nombrará un tutor en la empresa de estas prácticas.
  • Esta información será validada por la Escuela.
  • Una vez hecho esto, la empresa / institución deberá imprimir, por triplicado, esta documentación para proceder a su firma (empresa / institución y estudiante), para entregarla 15 días antes del inicio del convenio de cooperación educativa en el ARE de la ETSETB.
  • Al finalizar las prácticas la empresa tendrá que llenar la encuesta de valoración para evaluar la práctica.

Estudiantes


Prácticas Extracurriculares


Los convenios de cooperación educativa se realizarán por periodos iguales o inferiores a un cuatrimestre, entendiendo estos los comprendidos entre el 16 de septiembre y el 28 o 29 de febrero, y entre el 1 de marzo y el 15 de septiembre. Si el convenio por su duración supera un cuatrimestre se tendría que formalizar un nuevo convenio en el cuatrimestre siguiente, siempre y cuando no se superen las horas establecidas por curso y por la totalidad de los estudios.

 
El procedimiento a seguir para la firma de un convenio de cooperación educativa es el siguiente:

  • Seleccionado el estudiante por la empresa, esta definirá el plan de trabajo donde constan los objetivos formativos para el estudiante que la empresa ha seleccionado.
  • La empresa participante nombrará un tutor, dentro del personal técnico de su plantilla, que velará por la formación del estudiante dentro de la empresa. Este tutor deberá ser un titulado / una titulada superior en el caso de que el estudiante realice el Proyecto Fin de Carrera en el seno de la empresa. (Art. 6 CdRUE).
  • La empresa introducirá los datos del convenio en el aplicativo de la intranet para que el Área de Relaciones Externas acepte o deniegue la práctica.
  • Si se acepta la Escuela designará un tutor académico entre el profesorado adscrito al centro que realizará las tareas de tutoría académica.
  • El tutor en la empresa y el de la Escuela harán el seguimiento, y una vez finalizado el convenio, el tutor de la empresa responderá una encuesta de valoración para evaluar la actividad desarrollada por el estudiante.

Prácticas Curriculares


Los convenios de cooperación educativa, en esta modalidad, se pueden realizar en el periodo de un curso académico (entre el 16 de septiembre y el 15 de septiembre).
El Estundiantat deberá matricular los 12 créditos optativos de Prácticas en Empresa antes de iniciar las prácticas. Los 12 créditos equivalen a un convenio de cooperación educativa de 360 ​​horas como máximo y como mínimo.
La Escuela designará un tutor académico entre el profesorado adscrito al centro que realizará las tareas de tutoría académica.
El estudiante podrá matricularse de Prácticas en Empresas siempre que haya superado 18 créditos el curso 3B, en el caso de los grados y los estudiantes de máster deberá tener aprobados 15 créditos en los masters de 120 créditos y sin ningún requisito de créditos en los masters de 60 créditos, a excepción del límite que fije la normativa interna de cada máster.

El procedimiento a seguir se puede encontrar en este documento.


Para poder valorar las prácticas, tanto el estudiante como la empresa deben rellenar la encuesta de valoración que encontrará en las correspondientes intranets, además el alumno deberá realizar una memoria.


Documentación a presentar
Cuando la empresa / institución seleccione al candidato, esta debe entrar en la intranet de la Escuela y, mediante el programa informático de convenios, rellenar los datos. Esta información será validada por la Escuela y una vez hecho esto, la empresa / institución tendrá que imprimir, por triplicado, esta documentación para proceder a su firma (empresa / institución y estudiante), para entregarla 15 días antes de el inicio del convenio de cooperación educativa en el Área de Relaciones Externas de la ETSETB.
En caso de que la empresa no haya establecido un convenio antes ni haya publicado ninguna oferta de trabajo de convenio anteriormente, podrá registrarse en el siguiente enlace: http://www.etsetb.upc.edu/documents/yomo6xez.html
 
Documentación a entregar para todos los convenios:
  •  3 copias del convenio debidamente cumplimentadas, selladas y firmadas por la empresa y el estudiante.
  •  Plan de Trabajo cumplimentado y firmado por el tutor de la empresa (Anexo I).
Documentación a entregar específica según los casos:
  • Estudiantes extranjeros o de intercambio: deberán llevar el NIE de estudiante vigente para todo el período del convenio.
  • PFC, TFG y TFM si se hace en la empresa / institución: deberán presentar el "Detalle del plan de trabajo" y hacer la preinscripción del proyecto final de carrera.
  • Los estudiantes de 28 años o más y los estudiantes de intercambio que no tengan formalizado el seguro escolar deberán llevar una copia del resguardo de la contratación de la póliza del seguro privado (Póliza de accidentes para estudiantes universitarios CONFIDE) , que pueden contratar a través de la página web: http://www.confidecorreduria.es/Univers-UPC/
Compensación económica para el/la estudiante
Para la realización del convenio de prácticas el estudiantado deberá percibir como mínimo 8,00 € / hora (precio fijado por la CdRUE de la Escuela para el curso actual). Esta cantidad, indicada en el convenio, la abonará directamente la empresa de manera mensual al estudiante.

Las empresas participantes contribuirán al mantenimiento de este servicio con un overhead del 15,7% sobre el importe total aportado como ayuda al estudiantado, más el 21% de IVA correspondiente sobre este overhead. La cantidad se abonará en concepto de fondos para cubrir los gastos de gestión de los convenios que será facturada por la Universidad durante la duración del mismo.

En caso de que las empresas mantengan deudas correspondientes a estos gastos de gestión con la UPC, la Escuela se reservará el derecho de realizar nuevos convenios y / o publicar ofertas de trabajo con estas empresas.
En caso de modificaciones, bajas o solicitudes de prórroga


En caso de modificaciones (horas, período, importe, ayuda), bajas o solicitudes de prórroga, se deberán comunicar con un mínimo de 15 días de antelación mediante la aplicación de la intranet de la escuela.

No se aceptarán modificaciones correspondientes a un curso académico finalizado.

Marco legal

Estas prácticas vienen regladas por:

Normativa de la CdRUE de convenios de cooperación educativa, revisión del precio / hora de los convenios y gestión de convenios semestralmente” de la ETSETB, aprobada en la Comisión Permanente de 30/6/09 y modificada a la Comisión Permanente de 13/04 / 11 del Centro.

Real Decreto 1707/2011, de 18 de noviembre, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios"

Prácticas Académicas Externas de la UPC, Acuerdo núm.- 74./2012 del Consejo de Gobierno

Normativa académica de practicas académicas externas de los estudios de grado de la ETSETB
, Aprobada por la comisión Permanente de la ETSETB, con fecha de 2 de julio de 2012.




Para más información podéis contactar con
Relaciones con las Empresas

ÁREA DE RELACIONES EXTERNAS DE LA ETSETB

Campus Nord de la UPC - Ed. B3
C/Jordi Girona, 1-3
08034 Barcelona

E-mail: empreses@etsetb.upc.edu
Tel. 93 401 70 59 / 93 405 41 75
Fax 93 405 41 75
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